REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecisiete (17) de mayo de 2010.-
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-001497
SOLICITANTE: ANDREINA DA SILVA CRISTIAN.-
MOTIVO: TÍTULO SUFICIENTE SOBRE BIENHECHURÍAS.-
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por la ciudadana ANDREINA DA SILVA CRISTIAN, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad número V-19.242.738, asistida por el abogado Jesús Enrique Dona, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 85.010; con la evacuación de las justificaciones promovidas, de los ciudadanos CARMEN ALICIA RODRÍGUEZ DE MARTÍNEZ y MANUEL EMILIO SALAS MEJIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la Cédula de Identidad números V- 14.892.258 y V-24.440.109, respectivamente, cuyas declaraciones constan en las actas levantadas a tales efectos; este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor de la ciudadana ANDREINA DA SILVA CRISTIAN, sobre las bienhechurías constituidas por una casa de un nivel de construcción, ubicada sobre una parcela de terreno situada en el sitio conocido como calle Las Palmas, Callejón Las Palmas, Casa de “Don José”, Las Minas Parroquia Las Minas, Municipio Baruta del Estado Bolivariano Miranda, con las características de construcción y disposición, medidas y linderos que se encuentran expresados en el escrito que dio inicio a las presentes actuaciones, cursante al folio dos (2) con su vuelto. El terreno sobre el cual fuer construida la bienhechuría identificada es propiedad municipal, según se desprende de la información suministrada a la solicitante, mediante oficio DPUC 1761, del 16 de diciembre de 2009, firmado por la Arq. Blanca Lucchetti, Directora de Planificación Urbana y Catastro del Municipio Baruta del Estado Miranda, consignado en original en el presente expediente y cursante al folio tres (3). Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas al solicitante. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas, antes del retiro del expediente, previa la consignación de la copia simple de la diligencia o escrito por el cual sean requeridos, así como de los demás recaudos pertinentes. Dada, firmada y sellada a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
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Abg. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
En esta misma fecha (17-5-2010), y siendo las (10:50) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA Acc.,
Mailyng.-
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