REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, _____________ (__) de Mayo de 2010
Año 200º y 150º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones, TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de cujus: WUILS JHON RODRIGUEZ SALAS, quien falleciera ab-intestato, 25 de Enero de 2010, a favor de la ciudadana: ADELAIDA ISABEL SALAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.922.754, en su condición de madre del aludido De Cujus. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvase los originales a su solicitante, previa su asiento en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste haberse hecho la respectiva certificación de todo lo actuado.
LA JUEZ
Dra. MARIA A. GUTIÉRREZ C.
LA SECRETARÍA
Abg. DILCIA MONTENEGRO
MAGC/DM,/Luisana
Exp. AP31-S-2010-001206