REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 31 de mayo de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AP31-F-2010-001739
Vista la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, presentada por la abogada, ANA IRIS MEZA DE PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.014, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ANTONIO ZAMBRANO MATOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.510.149; así como los documentos acompañados a la misma, désele entrada y anótese en el Libro respectivo. Asimismo, de una revisión minuciosa a las actas que conforman el presente expediente se observa que el acta que se solicita rectificar se encuentra en los Libros de Registro Civil de Nacimientos del Registro Municipal San Simón, del Municipio Simón Rodríguez del Estado Táchira, en consecuencia le corresponde conocer la presente causa un Tribunal de esa Jurisdicción; por lo cual este Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, procediendo de conformidad con lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer la presente causa. En consecuencia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA, en este procedimiento a un Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. Remítase con oficio al Juzgado Distribuidor correspondiente.-
EL JUEZ
ABG. VICTOR MARTIN DIAZ SALAS
LA SECRETARIA ACC.,
SIKIU SEIJAS
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