ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003225
PARTE ACTORA: RAMON ANTONIO URPIN FERNANDEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ ANTONIO MENDEZ VILA
PARTE DEMANDADA: CAUCHOS PUENTE REPUBLICA, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAFAEL MONTANO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy, 15 de noviembre de 2010, siendo las 8:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano RAMÓN URPIN, titular de la cédula de identidad N° V- 10.068.690, parte actora en el presente procedimiento, debidamente representado por el abogado JOSÉ MENDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.864, y el abogado RAFAEL MONTANO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.100, en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento, en nombre de mí representada a ofrezco en este acto a la parte actora la cantidad de Bs. 20.000,00, los cuales serán cancelados en dos partes; la primera por la cantidad de Bs. 15.000,00, el día martes 16 de noviembre de 2010; y la segunda y última, por la cantidad de Bs. 5.000, el día miércoles 15 de diciembre de 2010; ambos en la sede de los Tribunales Laborales de Caracas; cantidad que comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados, es todo. En este estado toma la parte actora, debidamente representado y expone: Acepto la cantidad ofrecida en este acto por el apoderado judicial de la parte demandada en los términos y condiciones y expuestos; y con el pago de la última cuota nada quedaría a deber la parte demandada por los conceptos y cantidades reclamados, es todo. Este Juzgado vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 e la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja constancia que se hace entrega de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar.

LA JUEZ

EL SECRETARIO

NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
CARLOS MORENO


PARTE ACTORA Y SU APODERADO JUDICIAL

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA