ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003700
PARTE ACTORA: JOSE LUIS HERNANDEZ SOLANO.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: LILIANA ABREU
PARTE DEMANDADA: GUARDIANES PARAMACONI VIGILANCIA PRIVADA, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN YRENE VELANDIA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 26 de noviembre de 2010, siendo las 8:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen a la misma las abogadas LILIANA ABREU y CARMEN BELANDIA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros.- 63.760 y 100.591, en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora y demandada, respectivamente; dándose inicio a la Audiencia. Las partes comparecientes han llegado a un acuerdo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte demandada y expone: A los fines de dar por terminado el presente procedimiento en nombre de mi representada ofrezco en este acto la cantidad de SIETE MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 7.500,00), la cual será cancelada en dos partes iguales, la primera el día miércoles siete (07) de diciembre de 2010, y la segunda y última el día jueves, veinte (20) de enero de 2011, en la sede de los Tribunales Laborales de Caracas; cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos reclamados, es todo. En este estado toma la palabra la apoderada judicial de la parte actora y expone: Acepto el ofrecimiento que hace en este acto la apoderada judicial de la parte actora, en los términos y condiciones expuestos; y con el pago de las cuotas acordadas nada quedaría a deber la parte demandada por los conceptos reclamados, es todo. Este Juzgado vista que la mediación ha sido positiva, da por concluida la presente Audiencia; y vista que el acuerdo no vulnera derechos irrenunciables ni normas de orden público, lo homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que se le hace entrega a las partes de la pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar.

LA JUEZ
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO

CARLOS MORENO


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA