REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 12 de Noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH13-V-2004-000128

Vista la diligencia de fecha 05 de noviembre de 2010, suscrita por la abogada MARIANELA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.731, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, LA CORPORACION DE ABASTECIMIENTO Y SERVICIOS AGRICOLAS, SOCIEDAD ANONIMA (LA CASA, S.A.), plenamente identificada en autos, mediante la cual consignó copia simple del acta levantada en fecha catorce (14) de octubre de 2004, por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con ocasión a la práctica de la medida innominada de ocupación previa, y solicitó la ejecución forzosa, el Tribunal a los fines de proveer observa:
De la revisión efectuada a las actas procesales se desprende que se encuentra vencido el lapso concedido a la parte demandada, a fin de que diera cumplimiento voluntario a la sentencia dictada en el presente asunto en fecha 30 de abril de 2010 y confirmada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, y cumplido como ha sido el requerimiento de fecha veintidós (22) de junio de 2010, este Tribunal decreta la ejecución forzosa de la referida sentencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 528 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se acuerda la entrega material a la parte actora, del bien inmueble arrendado, constituido por un Complejo Operacional que integra los Silos de Guacara del Estado Carabobo, en el mismo estado en que le fue arrendado. Para la practica de la medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.- Líbrese Despacho - Comisión anexo a oficio. Cúmplase.
EL JUEZ


DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA,


DIOCELIS PEREZ BARRETO



JCVR/DPB/h.g