En el día de hoy, Veinticuatro (24) de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las doce y treinta minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogada Yraima Polacre, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 42.488, los auxiliares de justicia, los ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La General de Depositos, S.A., el perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones constan suficientemente en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Casa Nro. 03-B, ubicada en la Segunda Calle del Sector La Trilla, Parroquia Altagracia, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar las medidas de ENTREGA MATERIAL Y EMBARGO EJECUTIVO decretadas por el JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana JULIETA MONSANTO DE GREGG contra la ciudadana DILIA RAMIREZ.- El Tribunal, una vez en el lugar señalado en el mandamiento de ejecución, puede evidenciar que para poder llevar a efecto la misión encomendada a este comisionado requiere la presencia de los organismos de la Fuerza Publica, a los fines de resguardar la integridad física del Tribunal, de los operadores de justicia y de todos los acompañantes por cuanto el sitio donde se encuentra representa ser un lugar de alta peligrosidad, en consecuencia, este Órgano Jurisdiccional con la anuencia de la representación de la parte actora, acuerda inmediatamente DIFERIR la ejecución de la presente medida para una nueva oportunidad, previa diligencia, instando a la apoderada judicial de la parte actora solicite a este comisionado libre los respectivos oficios dirigidos a los entes encargados del resguardo y seguridad de los operadores de justicia a fin de solicitarles su valiosa e imperiosa colaboración y así poder llevar efecto lo encomendado por el comitente.-Es todo.- El Tribunal, siendo las doce y cuarenta y cinco minutos de la tarde y dispone su regreso a la sede.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LA APODERADA ACTORA

EL DEPOSITARIO JUDICIAL

LA SECRETARIA EL PERITO AVALUADOR
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 10-2838