REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, dos (2) de Noviembre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.) se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretario Titular, Abogado JULIO LEON LOPEZ, del funcionario Policial de la Policía del Municipio Sucre del Estado Miranda, Agente CARLOS SÁNCHEZ placa Nº 2078, cédula de identidad nro. 17.386.035 adscrito a la División Patrullaje Vehicular de ese Cuerpo Policial, de la Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada YELIZA NAGUANAGUA DE CHUKI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.005, en la siguiente dirección: “Un inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, identificado como 3-B del Edificio ZARDEL II, Urbanización Lomas del Ávila, Avda. Principal, Tercera Etapa de Palo Verde, Municipio Sucre del Estado Miranda ”; a objeto de practicar la medida de ENTREGA MATERIAL, decretada por el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue por ante ese Tribunal el ciudadano GERARDO ZARRIELLO PORCIELLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, cedula de identidad Nº 5.433.494 en contra la Ciudadana MARIA ZARRIELLO VALENTE, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-10.007.905 Expediente Nº AP31-V-2010-000585.- En el lugar Supra-identificado el Tribunal procedió a dar los toques de ley, siendo atendido por el ciudadano: JOAN EDSON GOMEZ VELIZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad número: 13.287.801, quien OCUPA EL INMUEBLE a quien se le NOTIFICA y se le IMPONE de la Misión del Tribunal, una vez estando en conocimiento expone: Yo soy sub-arrendado de MARIA ZARRIELLO PORCIELLO y solicito a la Abogado de la Parte Actora me de un plazo para poder mudarme del inmueble. La Apoderada Judicial de la Parte Actora, Abogada YELIZA NAGUANAGUA DE CHUKI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.005, solicita al Tribunal se ABSTENGA DE PRACTICAR LA MEDIDA y le otorgo un plazo al ciudadano JOAN EDSON GOMEZ VELIZ, ya identificado, hasta el dia 15 de enero del 2011 para que entregue el inmueble desocupado de bienes y personas. Igualmente le solicito devuelva la comisión al Tribunal de Comitente.- Seguidamente este Tribunal de Municipio Ejecutor de Medidas visto el acuerdo anterior entre la Apoderada Judicial de la Parte Actora y el Ocupante del Inmueble, en conocimiento de su contenido se abstiene de practicar la presente medida de entrega material para la cual fui comisionada y acuerda devolver la presente comisión con sus resultas al tribunal de causa a los fines legales consiguientes. Igualmente deja constancia de Conformidad al acuerdo de fecha 29-02-2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia aún vigente, que no podrá establecer ni fijar tasas, aranceles o erogación alguna” Es todo”.- Da por terminado el acto, ordenando el regreso a su sede siendo las (1:30 p.m.) - Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Juez Titular



La Apoderado Judicial
De la parte Actora El Notificado,




El Secretario Titular















Comisión: 2147-10.-
MCCM/JLL.-