REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, cinco (5) de noviembre de 2010.-
200º y 151º

ASUNTO: AP31-S-2010-005431
SOLICITANTES: MAYIRA MARGARITA BASTIDAS DE TORRES, CARMEN CLARET BASTIDAS BLANCO, JOEL URBANO BASTIDAS BLANCO y ABELARDO HÉCTOR RUPERTO BASTIDAS BLANCO.
CAUSANTE: CARMEN FELICIA BLANCO.
MOTIVO: DECLARATORIA DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Tramitada como ha sido la anterior solicitud, interpuesta por los ciudadanos MAYIRA MARGARITA BASTIDAS DE TORRES, CARMEN CLARET BASTIDAS BLANCO, JOEL URBANO BASTIDAS BLANCO y ABELARDO HÉCTOR RUPERTO BASTIDAS BLANCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la Cédula de Identidad números V- 5.115.081; V- 5.578.619, V- 5.579.381 y 5.115.082, respectivamente, representados por la abogado Ana Mora, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 92.600, con la finalidad de que se les declare como únicos y universales herederos de quien fuera su madre, ciudadana CARMEN FELICIA BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.739.010, fallecida el 10 de febrero de 2010. Se evacuaron las testimoniales de las ciudadanas ALBA COROMOTO PURROY y MARIA DE LA CRUZ PEREZ DE TERAN, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en el Municipio Libertador del Distrito Capital y titulares de la Cédula de Identidad números V- 3.817.215 y V- 16.831.704, respectivamente, quienes de forma conteste respondieron favorablemente a la pretensión de los solicitantes, las tres preguntas contenidas en el escrito que dio inicio al presente expediente, en el que fueron consignados los siguientes recaudos: 1) Copia certificada del Acta de Defunción N° 60, de la ciudadana CARMEN FELICIA BLANCO, identificada como soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.739.010, fallecida en jurisdicción del Municipio Libertador, el 10 de febrero de 2010, y que dejaba cuatro (4) hijos de nombres: Carmen Claret, Abelardo Héctor, Mayira Margarita y Joel Urbano; 2) Copia certificada de Acta de Nacimiento de la ciudadana CARMEN CLARET BASTIDAS BLANCO, y copia de su Cédula de Identidad; 3) Copia certificada del Acta de Nacimiento de ABELARIO HÉCTOR RUPERTO BASTIDAS BLANCO y la copia de su Cédula de Identidad; 4) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MAYIRA MARGARITA BASTIDAS BLANCO y copia de su Cédula de Identidad, con apellidos BASTIDAS DE TORRES; 5) Copia certificada del Acta de Nacimiento del ciudadano JOEL URBANO BASTIDAS BLANCO, y copia de su Cédula de Identidad. Analizadas las declaraciones rendidas, así como los documentos relacionados, se constata que son suficientes para declarar lo pretendido. En consecuencia, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien fuera la ciudadana CARMEN FELICIA BLANCO, a sus hijos, ciudadanos MAYIRA MARGARITA BASTIDAS DE TORRES, CARMEN CLARET BASTIDAS BLANCO, JOEL URBANO BASTIDAS BLANCO y ABELARDO HÉCTOR RUPERTO BASTIDAS BLANCO, antes identificados.
Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas a los solicitantes, a los fines legales consiguientes. Se ordena expedir las copias certificadas y/o devoluciones que sean requeridas antes del retiro del expediente, previa la consignación de las copias simples de los recaudos respectivos, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada a los cinco (5) días del mes de noviembre de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,

Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA,

Abg. CAROLINA DEL VALLE ALARCÓN REAÑO


En esta misma fecha, y siendo las (3:05) horas de la tarde, se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,



ZMRZ/CDVAR/Adriana