Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de noviembre de dos mil diez (2010)
200° y 151º

ASUNTO: AP21-S-2010-001264

Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 11-11-2010, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 del Reglamento y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto el escrito de transacción por la parte OFERIDA, ANA TERESA PEREZ MACHADO, titular de la C.I. V-11.679.434, asistida por el abogado FRANCISCO DELLA, IPSA N° 124.030, y firmado por el representante legal de la empresa OFERENTE JUNTA DE CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL GALERIAS PRADOS DEL ESTE, abogada ALEXANDRA SILVEIRA JARAMILLO, IPSA N° 145.731, mediante la cual la oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de QUINCE MIL TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs.F.15.308,28), mediante dos Cheques del Banco Banesco, el primero número 11279510, de fecha 16-09-2010, por Bs. 15.037,45, a nombre del trabajador, y el segundo N° 41279552, de fecha 28-10-2010 a nombre del trabajador por Bs.270,83, con lo que se da por terminado el asunto, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes y se de por terminado el presente asunto. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; HOMOLOGA el presente acuerdo transaccional en los términos expuestos por estas, ordenando agregar a los autos el presente escrito, asimismo se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

El Juez

Secretaria

Abog. Gilberto Alfaro
Abog. Dayana Díaz