REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 08 de noviembre de 2010
200° Y 151°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003587
PARTE ACTORA: JEAN CARLOS RODRIGUEZ, C.I. V- 14.872.167.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: REINALDO FLORES, IPSA N° 120.154.
PARTE DEMANDADA: REPRESENTACIONES AUYAMA C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ANIBAL MEJIA Y MARIANA ALZAMORA, IPSA N° 44.072 y 97.936.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


ACTA


En el día hábil de hoy 08 de noviembre de 2010, siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, a la hora arriba señalada, se procedió a anunciar el presente acto por el Alguacil en la Sala de comparecencia, del Edificio Centro Financiero Latino, dejando constancia expresa de la incomparecencia de los demandantes JEAN CARLOS RODRIGUEZ, por si o por medio de apoderado judicial alguno y de la comparecencia de la demandada REPRESENTACIONES AUYAMA C.A., en la persona de su representante judicial MARIANA ALZAMORA, IPSA N° 97.936, cuya representación consta en el expediente. Visto que la asistencia a la Audiencia Preliminar es de carácter obligatorio, es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


GILBERTO ANTONIO ALFARO GUERREIRO
JUEZ
APODERADO PARTE DEMANDADA


ABG. LISBETH MONTES
SECRETARIA
EXP: AP21-L-2010-003587
GAA/Lm