REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de Noviembre de 2010.
200º y 151º

ACTA

° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004304
PARTE ACTORA: Adarlenys Graterol Montilla, titular de la cédula de identidad Nro. 18.225.219.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Isabel Teresa Rico de Oliveros y otros abogado inscrita en el IPSA bajo el Nro. 70.606.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES BURGER PALACE 2009, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Juan Antonio Perez Peñalver, titular de la cedula de identidad Nro. 3.949.218 en representación estatutario y el abogado Ismael José González González, abogado inscrito en el IPSA bajo el Nro. 129.804.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales

Hoy, 05 de noviembre 2010, siendo las 12:00 M, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Adarlenys Graterol Montilla en compañía de su apoderado judicial Isabel Teresa Rico de Oliveros, asimismo se encuentran Juan Antonio Pérez Peñalver e Ismael José González González, en su carácter de representante judicial de la parte demandada, todos arriba identificados, dándose así inicio a la audiencia, con la intervención de los presentes quienes manifiestan que han llegado al siguiente acuerdo: la empresa demandada INVERSIONES BURGER PALACE 2009, C.A., ofrece a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos derivados de la relación laboral que existió con la ciudadana Adarlenys Graterol Montilla los cuales comprenden antigüedad tanto acumulada, adicional y parágrafo primero del articulo 108 LOT, intereses sobre prestaciones sociales (articulo 108 LOT), vacaciones vencidas y fraccionadas, (artículo 225 LOT), utilidades vencidas y fraccionadas (articulo 174 LOT), bono vacacional vencido y fraccionado (articulo 223 LOT), bono nocturno, horas extras, domingos, feriados, la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 3.700,oo), en un (01) solo pago que se efectúa mediante la entrega que se hace en el presente acto del cheque Nro. 27210872 librado contra la cuenta Nro. 0134 0281 78 2811016763 de Banesco Banco Universal a favor de la accionante. En este estado la parte actora ciudadana Adarlenys Graterol Montilla, visto el ofrecimiento realizado por la empresa INVERSIONES BURGER PALACE 2009, C.A., lo acepta libre de constreñimiento alguno en los términos expuestos y asimismo señala la que nada tiene que reclamar por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto, a INVERSIONES BURGER PALACE 2009, C.A., ni a ninguno de sus empresas filiales, o sucursales, o integrantes del grupo de empresas en virtud de lo cual la juez en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, observa que la transacción cumple los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; de igual manera se declara terminado el presente acto, se deja constancia que se entrega el material probatorio, y se ordena librar una (01) copia certificada de la presente acta, y finalmente se da por terminada la causa. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:


La Juez

El Secretario
Abog. Ruth Pernia
Abog. Yairobi Carrasquel

Los Presentes




Adarlenys Graterol Montilla



Isabel Teresa Rico de Oliveros


Juan Antonio Pérez Peñalver


Ismael José González González