REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos Mil Diez (2010)
200° y 151°
Vista la Sentencia Interlocutoria dictada por este Tribunal Superior en fecha 10 de Noviembre de 2010, mediante la cual se declaró INADMISIBLE por Caducidad el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Ramón Antonio Llamoza González y Miguel A. Ballesteros Puentes, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.124 y 111.500, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano Antonio Acosta Lorenzo, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.663.711, contra el Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas por cobro de Prestaciones Sociales e Intereses Moratorios, y visto que venció el lapso para que la parte interesada interpusiera los recursos que considerare pertinentes, este Órgano Jurisdiccional declara firme la Sentencia in commento y ordena el archivo del expediente en la sede de este Juzgado. El mismo consta de Diecisiete (17) Folios Útiles.
EL JUEZ

Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA

Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1481
JVTR/EFT/gpg/kc