REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Cuatro (4) de Noviembre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°

Vista la diligencia de fecha trece (13) de octubre de dos mil diez (2010), suscrita por la abogada Herminia Luisa Peláez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.196, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil SERVICIO DE SUPERVISIÓN INTEGRAL GLN II, C.A., mediante la cual solicita el abocamiento en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad Conjuntamente con Medida Cautelar de Suspensión de Efectos, interpuesto contra el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL); y por cuanto en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010), fue juramentado como Juez Provisorio de este Juzgado ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el ciudadano José Valentín Torres Ramírez, en virtud de ser concedido el beneficio de jubilación a la ciudadana Belkis Briceño Sifontes, tomando posesión de su cargo el día trece (13) de agosto de dos mil diez (2010), se deja expresa constancia de su abocamiento al conocimiento de la presente causa.
En consecuencia, se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 233 del Código de Procedimiento Civil y una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará a computarse los tres (3) días de despacho establecidos en la referida norma adjetiva. Líbrense oficios y boleta.

EL JUEZ


Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA


Abg. EGLYS FERNÁNDEZ T.

Exp. Nº 1225
JVTR/EFT/mgr.-