REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 10 de Noviembre de 2010
200º y 151º
Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial, el acta de nueve (09) de Noviembre del presente año, con ocasión de la oportunidad fijada para la celebración de la Única Audiencia correspondiente al presente asunto, de la cual se desprende que la solicitante KARINA AUREY CAMARGO QUINTERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº V-12.563.548, no compareció ni por si, ni por medio de apoderado o apoderada judicial sin causa justificada a la referida audiencia, y tampoco se presentó la ciudadana AUREY ESPERANZA QUINTERO CAMARGO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula identidad Nº V-6.100.740, para que aceptara o se excusara del cargo de CURADORA AD-HOC de los niños (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, este Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en acatamiento a las previsiones contenidas en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara DESISTIDO el presente procedimiento, y ordena el cierre y archivo definitivo del expediente. Asimismo, se le advierte a la solicitante que este desistimiento extingue la instancia, sin embargo podrá presentar nuevamente su solicitud, una vez que haya transcurrido un (01) mes, contado a partir del día siguiente al de hoy.
LA JUEZ
Abg. YAQUELINE LANDAETA VILERA

LA SECRETARIA
Abg. MARLENE RAMÍREZ

EXP:AP51-J-2010-016961.
Mireya.