REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 24 de noviembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-V-2009-017074
Vistas y revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y en especial la diligencia suscrita por la abogada DILIA LOPEZ BERMUDEZ, actuando en su carácter de Fiscal del Ministerio Público, mediante la cual solicita se revoque por contrario imperio el auto de fecha 20/10/2010, por cuanto se trata de una modificación de custodia. En consecuencia, esta Jueza del Tribunal Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, procede a hacer la aclaratoria, conforme a lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual donde se transcribió el motivo de la demanda como “RESTITUCIÓN DE CUSTODIA” debe decir “MODIFICACIÓN DE CUSTODIA” Téngase la presente como parte accesoria de la decisión 20/10/2010 y del auto de admisión de esa misma fecha. Cúmplase.-
LA JUEZA
LA SECRETARIA

Abg. YAQUELINE LANDAETA VILERA
Abg. MARLENE RAMIREZ


AP51-V-2009-017074
YLV/MR/Mireya