REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002939
PARTE ACTORA: YHUCCY ALEXANDER SPINETTY HERNANDEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JANNY TOVAR, EUCLIDES ROMERO.
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICO LA SEMILLA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JUSTO DELGADO FLORES
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 11 de octubre de 2010 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano YHUCCY SPINETTY en su carácter de actor y los abogados JANNY TOVAR inscrita en el IPSA bajo el Nº 116.832, EUCLIDES ROMERO inscrito en el IPSA bajo el Nº 16.987 en su carácter de apoderados de la parte actora, respectivamente, y el abogado JUSTO DELGADO inscrito en el IPSA bajo el Nº 89.521 en su carácter de apoderado de la parte demandada, dándose inicio a la audiencia. En este estado las partes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada, ofrece en este acto cancelar a la parte actora la cantidad TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bf. 5.000,00), mediante cheque a nombre del trabajador, a cuyos efectos las partes se comprometen a dejar constancia por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), de este Circuito Judicial del Trabajo, el día 20 de octubre de 2010 por bolívares 15.000,00 el día 09 de noviembre de 2010 por bolívares 10.000,00 y el 30 de noviembre de 2010 por bolívares 10.000,00, mediante diligencias y copias simple de los cheques debidamente recibidos por la parte actora. En este orden de consideraciones, se deja constancia que dicho monto corresponde a los conceptos reclamados en el libelo de la demanda y discutidos por las partes y que vinculan a los siguientes conceptos: prestación de antigüedad; utilidades, vacaciones y bono vacacional, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado; utilidades fraccionadas, horas extras y domingos. En consecuencia, dicho monto constituye un arreglo transaccional a objeto de dar por terminado el juicio incoado por la parte actora YHUCCY ALEXANDER SPINETTY contra la parte demandada FRIGORIFICO LA SEMILLA C.A. Asimismo, la parte actora, libre de toda coacción, manifiesta su conformidad con el ofrecimiento hecho por la parte demandada y ambas partes de mutuo acuerdo convienen que con el presente pago nada tienen que reclamarse por ningún concepto derivado de la relación de trabajo que existió entre ellos, ni por ninguna diferencia derivada de la relación de trabajo. En este mismo orden de ideas, las partes solicitan al tribunal se sirva homologar el presente acuerdo y le de el efecto de cosa juzgada. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se deja constancia que una vez conste en autos el cumplimiento de la obligación se ordenará el cierre y archivo del presente expediente. Asimismo se deja constancia de la entrega de las pruebas promovidas por las partes.
La Juez
Abg. Yolimar Ávila
Los Presentes
La Secretaria
|