ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-004244
PARTE ACTORA: DAGNIA MORELIA GONZALEZ PIMENTEL
PARTE DEMANDADA: C.A VENEZOLANA DE TELEVISION
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: EUCLIDES JESUS MORENO ARIAS
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veintiséis de octubre de dos mil diez, siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia del abogado EUCLIDES JESUS MORENO ARIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 99.334, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, C.A VENEZOLANA DE TELEVISION quien presenta en este acto copia del instrumento poder, ordenando agregarse a los autos. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana DAGNIA MORELIA GONZALEZ PIMENTEL no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.

La Juez

La Secretaria
Luisa Rosales


María Dávila



Abg. EUCLIDES JESUS MORENO ARIAS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.


La Secretaria

María Dávila