REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 19 de Octubre de 2010
200º y 151º

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por el abogado MARCO ANTONIO MAGALLANES inscrito en el Inpreabogado bajo el número 136.944, actuando en su carácter de representante de la República y JOSE MANUEL VALECILLOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.517, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CENTRAL MAIDERENSE COMPAÑÍA ANONIMA., promoviendo las siguientes pruebas documentales: 1.- Copia Certificada de la Resolución de Imposición de Sanción N° SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACOT/RET/2008/1348. de fecha 21 de agosto de 2008, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital. 2.- Copia Certificada de la Resolución N° SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2009/361 de fecha 26 de febrero de 2009, suscrita por el ciudadano Ricardo Alejandro Sarmiento Ojeda, en su carácter de Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Este Tribunal las admite salvo su apreciación en la definitiva por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes.

En cuanto al Capitulo I EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS (EXPEDIENTE ADMINISTRATIVOS) del escrito de promoción de pruebas consignado por el apoderado judicial de la recurrente este Tribunal la niega por cuanto se observa que el mismo fue consignado en fecha 06 de octubre de 2010 por la representación de la República.

El Tribunal deja constancia que apreciará el mérito favorable que se desprenda de autos conforme a lo alegado y probado, en la sentencia definitiva.
El Juez



Raúl Gustavo Márquez Barroso

La Secretaria,


Bárbara L. Vásquez Párraga



ASUNTO: AP41-U-2009-000275
RGMB/mcd.-