REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Octubre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH11-V-2007-000255
Vistas las anteriores diligencias suscritas por el abogado Gerardo Alfonso, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.447, apoderado judicial de la parte demandada, mediante la cual consigna cheque signado con el número 00000577 de fecha 10 de agosto de 2010 a nombre de este Tribunal, por la cantidad de dieciocho mil treinta y cuatro bolívares con ochenta y con céntimos (18.034,85), pago correspondiente a los intereses convencionales, intereses de mora y la indexación señalados por la licenciada Jackeline Marcano Navarro, en su experticia, la cual se ordenó como complemento del fallo dictado en fecha 27 de mayo de 2009, por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial, asimismo solicita, se suspenda la medida de prohibición de enajenar y gravar que pesa sobre un apartamento destinado a vivienda, propiedad del demandado, marcado con el número A-1, del primer piso, ángulo noreste del Edificio Jazmín, que a su vez forma parte del conjunto Los Jardines, Sector B, Conjunto éste, que esta conformado por los Edificios Clavel, Jazmín y Tulipán y esta ubicado en el sector Los Jardines del Valle Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, Calle once (11), cruce con la Avenida Intercomunal del Valle (José Antonio Anzoátegui), dictada en fecha 12 de junio de 2007, participada al Jefe de la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital), mediante oficio signado con el número 1241-2001. Este Tribunal, definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 27 de mayo de 2009, dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta misma Circunscripción Judicial y de conformidad con los resultados arrojados por la experticia complementaria al fallo antes mencionada, ordena la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar que recayera sobre el inmueble especificado supra. En consecuencia ordena oficiar al Registrador Subalterno del Cuarto Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que coloque la nota marginal correspondiente. Líbrese oficio.
La Juez
Dra. María Rosa Martínez
La Secretaria
Abg. Norka Cobis Ramírez
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo acordado en el auto que antecede
La Secretaria
Abg. Norka Cobis Ramírez
Asistente que realizo la actuación: Andrés