REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH11-M-2009-000003
Visto el escrito de pruebas, presentado por la representación Judicial de la pare parte demandada, abogado Ángel Álvarez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 81.212, constante de cinco (05) folios útiles, y tres anexos en 129 folios útiles, el Tribunal sobre la admisión de tales pruebas observa:
Respecto a las pruebas promovidas al capítulo I, del escrito de pruebas, referentes a las documentales, el Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación o no en la definitiva.-
Con relación a la prueba promovida en el capítulo II relativa a las testimoniales, conforme al artículo 477 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal admite la prueba, cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegal, ni impertinente, salvo su apreciación o no en la definitiva, para la evacuación de la testimonial del ciudadano: Jesús Rengifo , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro 9.119.6999; este Juzgado comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, asignado por distribución, para lo cual se ordena librar despacho y remitirlo bajo oficio, cúmplase.-
La Juez
La Secretaria.-
María Rosa Martínez Catalán.-
Norka Cobis Ramírez.-
En esta misma fecha se libro despacho remitido bajo el oficio Nro_________
La Secretaria
Hora de Emisión: 10:17 AM
Asistente que realizo la actuación: Jaime
Nro Antiguo 46307