REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 13 de Octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH18-X-2001-000075

Vista la diligencia de fecha 24 de Septiembre de 2010, suscrita por el ciudadano FERNANDO ENRIQUE SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V-2.146.190, asistido en este acto por el ciudadano Acacio Sabino, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 3.317, estos en su carácter de parte demandada, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, SUSPENDE las siguientes medidas:

1. MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado, en fecha 21 de Enero de 2002 y participada según oficio N° 02-00054, de fecha esa misma fecha, a la Registrador Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal (Hoy Distrito Capital), que recayó sobre el siguiente inmueble: “Las Oficinas distinguidas con los Nros. 4-09 y 4-10, ambas ubicadas en el piso 4 de la Torre América, situada frente a la Av. El Recreo, Departamento Libertador (Hoy Municipio Libertador), del Distrito Federal, cuyas medidas, linderos y demás determinaciones son como sigue:

1.1. LA PRIMERA, es decir, LA OFICINA 4-09, tiene una superficie de noventa y dos metro cuadrados con sesenta y nueve decímetro cuadrados (92,69m2), con las siguientes dependencias: dos (02) baños y un salón de oficina, además le corresponde en uso exclusivo, el puesto de estacionamiento N° 28, ubicado en el nivel +3.90. Los linderos dentro de los cuales se encuentra comprendida esta oficina son: NORTE: Pasillo de Circulación, SUR: Fachada sur del edificio, ESTE: Oficina 4-10 y OESTE: Oficina 4-08; y le corresponde un porcentaje de condominio de Cuatrocientos Ochenta Mil Ochocientos Treinta y Siete Millonésimas por Ciento (0.480.837 %) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. El presente inmueble le pertenece al ciudadano Fernando Enrique Silva, según consta en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 15 de Julio de 1988, bajo el No. 39, tomo 9, protocolo primero.

1.2. LA SEGUNDA, es decir, LA OFICINA 4-10, tiene una superficie de sesenta y un metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (61.80 m2), con las siguientes dependencias: un baño y un salón oficina, además le corresponde en uso exclusivo el puesto de estacionamiento N° 18, ubicado en el nivel +6.60. Los linderos dentro de los cuales se encuentra comprendida esta oficina son: NORTE: Pasillo de Circulación, SUR: Fachada sur del edificio, ESTE: Oficina 4-11 y OESTE: Oficina 4-09; y le corresponde un porcentaje de condominio de trescientas veinte mil ciento cuarenta y una millonésimas por ciento (0.320.141 %) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. El presente inmueble le pertenece al ciudadano Fernando Enrique Silva, según consta en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 15 de Julio de 1988, bajo el No. 39, tomo 9, protocolo primero.”.

2. MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por este Tribunal en fecha 19 de Octubre de 2006 y practicado por le Juzgado Quinto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de Febrero de 2008, y participado según oficio 045-08 a la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, que recayó sobre el siguiente inmueble: OFICINA 4-10, tiene una superficie de sesenta y un metros cuadrados con ochenta decímetros cuadrados (61.80 m2), con las siguientes dependencias: un baño y un salón oficina, además le corresponde en uso exclusivo el puesto de estacionamiento N° 18, ubicado en el nivel +6.60. Los linderos dentro de los cuales se encuentra comprendida esta oficina son: NORTE: Pasillo de Circulación, SUR: Fachada sur del edificio, ESTE: Oficina 4-11 y OESTE: Oficina 4-09; y le corresponde un porcentaje de condominio de trescientas veinte mil ciento cuarenta y una millonésimas por ciento (0.320.141 %) sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. El presente inmueble le pertenece al ciudadano Fernando Enrique Silva, según consta en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 15 de Julio de 1988, bajo el No. 39, tomo 9, protocolo primero.” En consecuencia, este Tribunal ordena remitir Oficio de participación de la presente suspensión a la Oficina de Registro mencionada. Cúmplase.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los 13 de Octubre de 2010. 200º y 151º.

El Juez,

Abg. César A. Mata Rengifo
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

En esta misma fecha, siendo las 11:38 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

Asunto: AH18-X-2001-000075
CAM/IBG/Marisol