REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO OCTAVO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Miércoles Veinte (20) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las (9:00), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía del Secretario Titular Abogado JULIO ENRIQUE LEÓN LÓPEZ, del Apoderado Judicial de la Parte Actora. Abogado: SANTIAGO PUPPIO V., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.956, del Representante de la Depositaria Judicial La Consolidada C.A., ciudadano, CARLOS RIVAS y del Perito Avaluador ALFREDO GONZÁLEZ, designados por este Tribunal, Venezolanos, mayores de edad, e identificados con las cédulas de Identidad Nros. V-6.318.092 y V-3.530.122 , respectivamente; quienes estando presentes en el acto aceptaron los cargos y prestaron juramento de ley; a objeto de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO, decretada y ordenada por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, Sigue La Sociedad Mercantil Inversiones Mutilla, S.R.L., contra los ciudadanos Genoveva Rivero y Mario Calvino, bajo el numero de expediente Nro. AP31-V-2007-002369, en la siguiente dirección: Un inmueble constituido por una casa-quinta distinguida con el nombre de “ALVIOBEL”, y el terreno que ocupa, ubicados ambos, casa y terreno, en la Parcela No.16 del Sector “B” de la Urbanización San Luis, antigua Sección de Santa Maria del Cafetal, Calle san Luis, Municipio Sucre del Estado Miranda. El terreno sobre el cual se levanta la quinta “Alviobel”, tiene una superficie de cuatrocientos diez metros cuadrados (410 m2) y la casa-quinta aproximadamente doscientos cincuenta y siete metros cuadrados con cuarenta y cinco centímetros cuadrados (257,45 m2).- Sus linderos son: NORTE: línea quebrada compuesta por dos rectas que miden once metros con sesenta y ocho centímetros (11,68 mas) y tres metros con cuarenta y seis centímetros (3,46 mts), con la Calle San Luis; SUR: en catorce metros con setenta y dos centímetros (14,72 mts.) con la Urbanización Santa Paula; ESTE: en veintisiete metros con cincuenta y cinco centímetros (27,55 mts), con la parcela N° 15; y OESTE: en veintisiete metros con cuarenta y un centímetros (27,41 mts) con la parcela N° 17. Dicho inmueble lo señala el Apoderado Actor Santiago Puppio V. Para ser embargado ejecutivamente sobre los derechos de propiedad que le corresponden al codemandado Mario Rodolfo Calvino Guarnaschelli, titular de cedula de identidad Nro. 7.369.987, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, Chuao, de fecha Seis (06) de Febrero de 2009, bajo el N° 44, Tomo 02,Protocolo Primero., y fue avaluado prudencialmente por el Perito en la cantidad de DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL DE BOLIVARES APROX. (Bs. 2.600.000) y señalo dicho inmueble para ser embargado Ejecutivamente hasta por la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs. 1.276.000,oo).- Seguidamente el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, hasta cubrir la cantidad de Un Millón Doscientos Setenta y Seis Mil Bolívares (1.276.000,oo), el referido inmueble y lo coloca en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A., en la persona de su representante, ciudadano: Carlos Rivas, antes identificado quien toma posesión jurídica del mismo en este acto.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se libró Oficio Nro. 245-10, dirigido a la Oficina Subalterna de Registro correspondiente, y se colocó un cartel de notificación de la medida.- Seguidamente el Apoderado Judicial de la parte Actora Expone: Por cuanto el monto del bien Embargado no cubre la cantidad la cantidad señalada en el Mandato, es decir de Dos Millones Doscientos Setenta y Siete Mil Seiscientos Quince Bolívares (2.276.615,oo) solicito a este Tribunal Ejecutor de medidas que se traslade a la siguiente dirección: Residencias Manaviche situado en la planta Pent House, apartamento distinguido como Pent House, ubicado en el Sector B de la Urbanización El Boulevard de El Cafetal, Avenida Trinidad, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, para seguir señalando bienes propiedad del Demandado.- Vista la exposición del Apoderado judicial de la Parte Actora Este Tribunal Octavo de Ejecutor de medidas Ordena el Traslado a la dirección antes señalada para continuar con la practica de la medida.- Es Todo .- Da por terminado el acto, siendo las (10:30 a.m.) Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR


DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE



EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA



EL REPRESENTANTE DE LA EL PERITO AVALUADOR
DEPOSITARIA JUDICIAL


EL SECRETARIO TITULAR



Exp. Int. : 2145-10
MCCM/JLL/Johnny
En el día de hoy, Miércoles Veinte (20) de Octubre del año Dos Mil Diez (2010), siendo las (11:00), se trasladó y constituyó el Tribunal Octavo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la siguiente dirección señalada por el Apoderado Judicial de la Parte Actora Abogado: SANTIAGO PUPPIO V., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.956: Residencias Mana viche en la planta Pent House apartamento distinguido como Pent House ubicado en el Sector B de la Urbanización El Boulevard de El Cafetal, Avenida Trinidad, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda, a los fines de continuar con la practica de la medida de Embargo Ejecutivo acordado por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento, Sigue La Sociedad Mercantil Inversiones Mutilla, SR., contra los ciudadanos GENOVEVA RIVERO y MARIO CALVINO, por ante ese Juzgado. Haciendo la advertencia que la presente Acta es continuación del Acta que se abrió en el mismo día de hoy Miércoles Veinte (20) de Octubre del 2010, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) para dar fiel cumplimiento a la Comisión Nº 2145-10, que sé Lleva por ante este Tribunal Ejecutor de Medidas, estando presentes en la dirección antes mencionada, la Juez Titular, Abogada MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE, en compañía de la Secretario Titular, Abogado JULIO LEON LOPEZ, del representante de la Depositaria Judicial La Consolidada CA. , Y del Perito Avaluador, ciudadanos CARLOS RIVAS cédula de identidad 6.318.092 y ALFREDO GONZALEZ, cedula de identidad 3.530.122; quienes estando presentes se Juramentaron y aceptaron cumplir con sus cargos; Del Apoderado Judicial de la Parte Actora SANTIAGO PUPIO V, inscrito en el Inpreabogado N° 127.956, a objeto que la parte actora ante identificada continué con la practica de medida de Embargo Ejecutivo, contra los ciudadano GENOVEVA RIVERO y MARIO CALVINO, bajo él numero de expediente Nor. AP31-V-2007-002369, en la siguiente dirección: Un inmueble destinado a vivienda principal, constituido por un apartamento distinguido como Pent House, situado en la Planta Pent House del Edificio que lleva por nombre “Residencias Manaviche”, ubicado en el Sector B de la Urbanización El Boulevard de El Cafetal, Avenida Trinidad, Jurisdicción del Municipio Baruta del Estado Miranda; Número de Catastro 15-3-2-1A-9530-16-23-0-110-1-11, dicho apartamento tiene una superficie aproximada de Trescientos Quince Metros Cuadrados con Treinta y Dos Decímetros Cuadrados (315,32 mts2), de los cuales Doscientos Diez Metros Cuadrados (210,00 mts2) son de vivienda propiamente dicha; Ochenta y Nueve Metros Cuadrados (89,00 mts2) de terrazas y pergoladas dieciséis metros cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados (16,32 mts2) de terrazas descubiertas; cuyos linderos son: NORTE: Con la fachada Norte o fondo del Edificio, escaleras generales, área de circulación y fachada Norte interna del Edificio: SUR: Con la fachada Sur o principal, área de circulación, cuarto de enseres y fachada Sur interna del Edificio; ESTE: Con la fachada Este interna y área de circulación; y OESTE: Con la fachada Oeste del Edificio. Como anexo y formando un todo inseparable con el apartamento, dos (2) puestos de estacionamiento y un (1) puesto maletero ubicados en la Planta Baja del Edificio y marcados todos con el mismo número del apartamento. De igual manera, le corresponde al inmueble objeto de esta venta un porcentaje de condominio sobre los derechos y cargas derivadas de seis enteros con doscientos cincuenta y seis mil millonésimas por ciento (6,256000%). Dicho inmueble pertenece a la parte codemandado ciudadano Mario Rodolfo Calvino Guarnaschelli, titular de cedula de identidad Nro. 7.369.987, según consta de documento protocolizado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, Chuao, de fecha Ocho (08) de Enero de 2009, bajo el N° 03, Tomo 01, Protocolo Primero, y fue avaluado prudencialmente por el Perito en la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000).- Seguidamente el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, hasta cubrir la cantidad de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,oo), el referido inmueble y lo coloca en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A., en la persona de su representante, ciudadano: Carlos Rivas, antes identificado quien toma posesión jurídica del mismo en este acto.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 535 del Código de Procedimiento Civil, se libró Oficio Nro. 246-10, dirigido a la Oficina Subalterna de Registro correspondiente, y se colocó un cartel de notificación de la medida.- Acto seguido el Tribunal deja constancia que de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de Febrero del 2000, emanado de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente, no podrá establecer ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal Ejecutor, da por terminado el acto, y ordena la devolución de la presente comisión al Tribunal Comitente, trasladándose a su sede a la (01:00 p.m) Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR



DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE






EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA






EL REPRESENTANTE DE LA
DEPOSITARIA JUDICIAL



EL PERITO AVALUADOR



EL SECRETARIO TITULAR





Exp Int: 2145-10
MCCM/JELL/Johnny.