REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, cinco (05) de Octubre de 2010
200° y 151°
Vista la solicitud de Declaración de Único y Universal Herederos; así como la Justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara las presentes actuaciones Título de Único y Universal Heredero, a favor de las ciudadanas HILDA ENRIQUETA MANZANO DE ARISMENDI y ROSA SUHAIL ARISMENDI MANZANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-633.917 y V-12.832.560, respectivamente, causahabiente del ciudadano GERMAN ARISMENDI MORENO, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.134.849, fallecido Ab-Intestato, en fecha 03/09/2009, en el Hospital Militar de Carlos Arvelo, Municipio Libertador, Distrito Capital.- Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.-
LA JUEZ
Dra. MARIA A. GUTIERREZ C.
LA SECRETARIA
Abg. DILCIA MONTENEGRO P.
EXP N° AP31-S-2010-004810
MAGC/DMP/EP°
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