REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo (30º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cuatro (04) de octubre de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2010-004336

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 29 de septiembre de 2010, por el ciudadano WINSTON EDUARDO HERNANDEZ LOVERA, titular de la cédula de identidad N° V 9.670.323, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por la abogada MARIA EUGENIA PACHECO, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 145.447, por una parte, y por la otra, la abogada NEVAI RAMIREZ, inscrita en el IPSA, bajo el Número 124.443, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, debidamente acreditada en autos, mediante el cual dejan constancia de haber alcanzado un acuerdo por vía transaccional, a los fines de poner fin a la presente demanda, por la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES CON 00 CENTIMOS (Bs. F. 50.000,00), por todos los conceptos demandados, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas a los profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el cierre informático y archivo del expediente. - CÚMPLASE
El Juez
Abg. JUAN CARLOS MEDINA CUBILLAN
La Secretaria
Abg. Eva Cotes