REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal (Séptimo) de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área
Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiséis (26) de Octubre de Dos Mil Diez (2010)
Años. 200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2009-003921
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
En el día de hoy, Martes Veintiséis (26) de Octubre de dos mil Diez (2010), siendo las 02:00 P.m., día y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la AUDIENCIA DE JUICIO, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo ubicada en el Centro Financiero Latino de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se deja constancia de la Incomparecencia de la parte Actora, del ciudadano WILLIAMS JOSE ROMERO FARIAS, de cedula de Identidad Nº V- 6.270.203, ni por si, ni por medio de Apoderado Judicial alguno, haciéndose presente en este acto, los ciudadanos Representantes Judiciales ANTULIO DE JESUS MOYA TOVAR Y ROSA ELISA FEBRES BELLO, inscritas bajo los Números de Inpreabogado 21.562 y 67.305, en representación de las partes codemandadas SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A Y CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.
A continuación se le cede la palabra a el ciudadano secretario, para que se sirva leer las partes y el motivo de la presente Audiencia, siendo la parte actora el ciudadano WILLIAMS JOSE ROMERO FARIAS contra SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A Y CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A.
De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia que la presente audiencia será reproducida en forma audiovisual por una cámara de video.
En este estado la ciudadana Juez declara desistida la acción conforme a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En virtud de lo antes señalado:
Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: Desistida la acción conforme a lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que por Demanda incoara el Ciudadano WILLIAMS JOSE ROMERO FARIAS contra SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A Y CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A. Identificados en autos. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas. TERCERO: De conformidad con lo previsto en el mencionado Artículo 166 y por razones de seguridad de la cinta que contiene la reproducción del presente acto, se ordena dejarla en custodia de la oficina de “Archivo Audiovisual”, la cual deberá colocarla en un sobre precintado, identificando el casete con el número del expediente y el nombre de las partes. CUARTO: El lapso para ejercer recursos en contra de esta decisión comenzará a correr a partir del día de hoy, exclusive. QUINTO: La presente acta servirá como sentencia definitiva. Dictado el dispositivo oral el Juez da por concluido el presente acto y procede a retirarse. Terminó, se leyó y firman.

ALIDA FELIPE ROJAS

LA JUEZ


APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS



HECTOR RODRIGUEZ
EL SECRETARIO