REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Trece (13) de Octubre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°
Vista la diligencia de fecha siete (7) de octubre de dos mil diez (2010), suscrita por la abogada Nolybell Castro, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 115.783, actuando con el carácter de apoderada judicial de la OFICINA DE REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, parte querellada en la presente causa, mediante la cual solicita el abocamiento en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana LILA MARGARITA MORENO, titular de la cédula de identidad N° 5.532.949, contra la aludida oficina y por cuanto en fecha veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010), fue juramentado como Juez Provisorio de este Tribunal ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela el ciudadano José Valentín Torres Ramírez, en virtud de ser concedido el beneficio de jubilación a la ciudadana Belkis Briceño Sifontes, tomando posesión de su cargo el día trece (13) de agosto de dos mil diez (2010), a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en los artículos 26 y 49 numeral 4º de la Carta Magna, en consecuencia se deja expresa constancia de su abocamiento al conocimiento de la presente causa.
En consecuencia, se ordena la notificación de las partes, de conformidad con lo previsto en los artículos 90 y 233 del Código de Procedimiento Civil y una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, comenzará a computarse los tres (3) días de despacho establecidos en la referida norma adjetiva. Líbrense oficios y boleta.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ T.
Exp. Nº 1043
JVTR/EFT/RP/fjvt.-