REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veinte (20) de Octubre de Dos Mil Diez (2010).
200° y 151°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la abogada Isamir González Niño, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.455, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana MARÍA MAGDALENA CASTRO, titular de la cedula de identidad Nº 9.187.505, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase a la citación del ciudadano SINDICO PROCURADOR DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha en que conste en autos su citación. Igualmente se solicita el expediente administrativo de la querellante, el cual debe consignarse en copias debidamente certificadas y foliadas. Notifíquese al ciudadano ALCALDE DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA. Líbrense oficios y anéxense las copias certificadas y simples respectivas.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ T.
Exp. 1473
JVTR/EFT/RP/mgr.-