REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
TRIBUNAL PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN,
EJECUCIÓN Y RÉGIMEN TRANSITORIO
Caracas 28 de Octubre de 2010
200° y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-014693
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CRISTOBAL ALIRIO FUENTES BAUTISTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.483.026; debidamente asistido por el abogado JOSE FRANCISCO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 33.914 , mediante la cual solicita a este Despacho Judicial, se le nombre CURADOR AD-HOC a su hija, la niña (X), de ocho años de edad; una vez examinados cuidadosamente los recaudos que la acompañan, y verificado el contenido de la acta que antecede, en la cual consta la aceptación al referido cargo, por parte de la ciudadana SIXTA TRINIDAD FUENTES BAUTISTA, titular de la cédula de identidad Nº V-6.342.974, este Tribunal, en uso de sus facultades legales, y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, acuerda DISCERNIR en la persona de la ciudadana antes identificada, el cargo de CURADORA AD-HOC de la infante (X).- Expídanse por Secretaría las copias certificadas que se requieran, y remítanse mediante oficio a la Oficina de Atención al Público (OAP) de este Circuito Judicial, a los fines de que sean entregadas a la parte interesada, una vez sean consignados los fotostatos correspondientes. Cúmplase con lo ordenado.
EL JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. JORGE GUSTAVO MIRABAL.
ABG. ANTONIO FALCON.
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