REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, seis (06) de octubre de dos mil diez (2010).
200º y 151º

ASUNTO: AP51-J-2010-013011

Vistas las actas que conforman el presente asunto, es especial al acta en fecha 11/08/2010, en la cual se evidencia que no comparecieron los testigos correspondientes al acto del ese día y de igual forma no compareció la ciudadana EGLIS FELICIA BOLIVAR HERNANDEZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V-10.488.501, en su carácter de parte solicitante del presente asunto respectivamente; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Reforma Parcial de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el procedimiento de la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a la parte solicitante, que podrá intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se Decide.
LA JUEZ

Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA

Abg. ALICIA GÚZMAN
RC/AG/K