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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y  Nacional de Adopción Internacional
 
 Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de
 Mediación y Sustanciación, Ejecución y Transición
 Caracas, veintidós (22) de Octubre de dos mil diez (2010)
 200º y 151º
 
 Asunto: AP51-J-2010-016757
 Vista la solicitud de Autorización para expedir Pasaporte, suscrita por la ciudadana MARIANELA CISNEROS GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 11.933.769, mediante la cual solicita la autorización judicial para la tramitación del pasaporte de sus hijos, SE OMITEN LOS NOMBRES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de  13 y 7 años de edad respectivamente; este Tribunal, lo Admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contrario al orden publico, ni a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en ley, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONCEDE AUTORIZACIÓN PARA QUE PUEDA TRAMITAR LA  EXPEDICIÓN DEL PASAPORTE de la niña de autos, a la ciudadana MARIANELA CISNEROS GONZÁLEZ, anteriormente identificado, ante las autoridades correspondientes; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se INSTA al solicitante a consignar los fotostatos requeridos a fin de su certificación por Secretaría y una vez tramitadas se librará oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a los fines de informarle de la presente decisión. Cúmplase -.
 LA JUEZ,
 
 Dra. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
 LA SECRETARIA
 
 
 Abg. LOLIMAR MOYA HERRERA
 
 ECC/LMH/Abg. Tania Montero
 
 
 
 
 
 
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