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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
 Caracas, veintisiete (27) de octubre del 2010
 200º y 151º
 
 ASUNTO: AP51-J-2010-017025
 
 Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud y en especial el Acta de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar y los recaudos que anteceden, presentada por ABRAHAM BLANCO, en su carácter de Defensor Público Décimo Sexto (16°), a petición de los ciudadanos ELIUT ANTONIETA MORENO ALARCÓN y JHON JIRO OTERO ARIAS, venezolanos, mayores de edad, de este  domicilio y  titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.437.468 y V-14.127.490 respectivamente, a favor de su hijo el niño SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de 8 meses de nacido. En consecuencia, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar en cada una de sus partes, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada  de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se Insta a las partes a consignar las copias requeridas a fin de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, y remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
 LA JUEZ
 
 
 Dra. ENOÉ CARRILLO CASTELLANO
 LA SECRETARIA
 
 
 Abg. LOLIMAR MOYA HERRERA
 ECC/LMH/Abg. Tania Montero
 
 
 
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