REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 28 de octubre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2009-011850

Conforme a la resolución número 2009-0031, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante el cual se establece el nuevo sistema de organización de los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Circuitos Judiciales y donde se faculta disponer la competencia respecto de la ejecución de cada Circunscripción Judicial y por cuanto en fecha quince (15) de Julio de dos mil diez (2010), la Dra. ENOÉ MARGARITA CARRILLO CASTELLANOS fue juramentada como Jueza Titular del Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, conforme al Acta N° 011-2010 de fecha 15/07/2010 de la Rectoría Civil, la misma se ABOCA al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra.
Ahora bien, vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud, y en especial el Acta de Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar de fecha 06/07/2009, y los recaudos que anteceden, presentada por la Abogada Engrid Marie González, en su carácter de Fiscal (E) Nonagésima Tercera del Ministerio Público, actuando a petición de los ciudadanos JESUS JUNIOR HEREDIA NUÑEZ Y JOHANNA KARLINA MONTENEGRO GUDIÑO, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-16.462.509 y V-18.829.040, respectivamente, a favor de su hija SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de tres (03) años de edad; este Tribunal deja constancia que la misma fue recibida por ante la URDD, en fecha 08/07/2008 y admitida por la extinta Sala de Juicio XV en fecha 10/07/2009. En consecuencia, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se exhorta a las partes a consignar los fotostatos respectivos, a los fines de su certificación por Secretaría y una vez tramitado, se remitirá a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. ENOÉ CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA,


ABG. LOLIMAR MOYA HERRERA

ECC/LMH/MarjorieB**