SE DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y se ordena el CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en el Despacho Judicial a cargo del Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los veintinueve (29) días del mes de octubre de 2010. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZ
ABG. ENOE CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA
ABG. LOLIMAR MOYA HERRERA
EMC/LM/MarjorieB**