REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-003141
PARTE ACTORA: JULIO EDUARDO MACHADO ARMAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: HANSEATIC MARINE SERVICES CA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JAVIER USTARI ZERPA JIMENEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010), siendo las 10:00 A. M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja expresa constancia que se encuentra presente el abogado JAVIER USTARI ZERPA JIMENEZ, inscrito en el IPSA bajo el No. 53.953, el cual consigna copia de instrumento poder que acredita su representación como apoderado judicial de la parte demandada, HANSEATIC MARINE SERVICES C. A., constante de seis (06) folios se deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano JULIO EDUARDO MACHADO ARMAS, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por medio de si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °. En esta misma fecha se publicó y diarizó la presente decisión.
EL JUEZ
EL SECRETARIO
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
ABOG. ANTONIO BOCCIA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA