REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 20 de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho de (28) de septiembre de dos mil diez (2010)
200° y 151°
ASUNTO: AP21-S-2010-003065
Visto el escrito Transaccional, presentado por el ciudadano ROBERTO VACA BELLIDO, titular de la cedula de identidad N° 24.700.395 parte actora, asistido por la abogada SARA DELGADO, identificada con el I.P.S.A N° 149.830, y por la otra parte el abogado IVAN VILLAMIZAR, identificado con el I.P.S.A. N° 124.505, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada la empresa BONGOS BAR SALA SHOW, C.A., así mismo consignan copia simple de poder constante de (03) folios útiles., este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, se dará por terminada la causa una vez se cumpla con el ultimo pago acordado. Todo en el juicio ROBERTO VACA BELLIDO contra BONGOS BAR SALA SHOW C.A.
El Juez
El Secretario
Abg. Miguel Humberto Yilales Zurita
Abg. Henry Jesús Castro Sánchez
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