REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de Septiembre de 2010
200º y 151º

Vista la demanda y los recaudos anexos a la misma presentada por la abogada Amanda Salazar de Araujo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 43.737, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EVELYN CHANG Q., titular de la cédula de identidad Nro. V-2.519.554; este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, emplácese a la ciudadana MIRIAM MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.298.708, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que su citación se haga, en las horas de despacho, comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., para que dé contestación a la demanda, que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA VENTA incoara en su contra la ciudadana EVELYN CHANG, titular de las cédulas de identidad Nro. V-2.519.554, compúlsese el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia, previa certificación por secretaría. Líbrese compulsa, previo suministro de los fotostátos correspondientes, los cuales deberán ser consignados por la parte actora mediante diligencia. Respecto de la medida cautelar solicitada el Tribunal proveerá lo conducente por auto separado en el cuaderno de medidas que al efecto se ordena abrir y trasladar al mismo copia certificada del libelo de demanda y sus anexos, una vez que la parte interesada suministre los fotostátos respectivos mediante diligencia.
La Juez
María Rosa Martínez Catalán.
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
N° de asunto: AP11-V-2010-000790
Asistente que realizo la actuación: Waleska