REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de Septiembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH15-X-2010-000051

Conforme a lo ordenado en el Cuaderno Principal del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCCIONES HIDRAULICAS Y SANITARIAS CONHIDRASA, C.., el cual se sustancia en el Expediente Nº AP11-V-2010-000829, se abre el presente cuaderno de medidas para proveer sobre la medida solicitada. Asimismo, de conformidad con lo establecido en los Artículos 585 y 588 Ordinal 3º del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA MEDIDA de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre los derechos que pertenecen a la parte demandada del siguiente bien inmueble: “Constituido por una (1) parcela de terreno identificada con el número 83/83-A, ubicada en el Parcelamiento Residencial Santa Inés, Carretera Vieja de Baruta, Municipio Baruta, Estado Miranda, identificada con el Catastro N° 141/15-1-20, con una superficie aproximada de Setecientos Cincuenta y Siete Metros Cuadrados con Diez Decímetros Cuadrados (757,10 M2) y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: Lindero ubicado entre los Puntos P-5 y P-6, con una longitud de veintiocho metros con cincuenta centímetros, limita con vivienda ubicada en la Parcela N° 84, Quinta Maitana; SUR: Lindero ubicado entre los puntos P-2 y P-3, con una longitud de treinta y ocho metros con diecinueve centímetros, limita con vivienda ubicada en la Parcela N° 82, Quinta La Gaviota; ESTE: Lindero dividido en dos segmentos, ubicado entre los puntos P-6 y P-1, con una longitud de diez metros con sesenta y dos centímetros y entre los puntos P-1 y P-2, con una longitud de diez metros con veinte centímetros. El frente total de la Parcela es de veinte metros con ochenta y dos centímetros, limita con la Avenida la Terraza; y, OESTE: Lindero dividido en dos segmentos ubicados entre los puntos P-3 y P-4, con una longitud de trece metros con treinta centímetros y entre los puntos P-4 y P-5, con una longitud de trece metros con veintitrés centímetros, limita con un Area Verde de la Urbanización. Se ratificó en todas sus partes las demás estipulaciones establecidas en los documentos de propiedad de las parcelas Nros 83 y 83-A, integradas en una sola. El referido inmueble le pertenece al ciudadano DOMINGO UZCATEGUI DAVILA, según se evidencia de documento de propiedad, protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Baruta del Estado Miranda, el primero en fecha 22 de Marzo de 2002, bajo el N° 41, Tomo 22, Protocolo Primero, integradas las Parcelas N° 83 y 83-A, según documento de integración de Parcelas Protocolizado por ante el Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 02 de Abril de 2003, registrado bajo el N° 15, Tomo 1, Protocolo Primero, el cual fue aprobado mediante Oficio N° 359, de fecha 14 de Marzo del 2003, emanado de la Dirección de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Baruta, Estado Miranda.-
Particípese lo conducente al Registrador respectivo. Líbrese oficio.-
LA JUEZ


DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY

LA SECRETARIA TITULAR
Abg. LEOXELYS VENTURINI




AMCDM/LV/ER