REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2010-005412
Tramitada como ha sido la anterior solicitud, presentada por el ciudadano NESTOR EDUARDO CAMARGO BORRERO, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.124.950, asistido por el abogado JOSE ANTONIO GONZALEZ GRANADILLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 123.248; con la evacuación de las justificaciones de testigos promovidas, de los ciudadanos ELBA TERESA LA CRUZ TRUJILLO, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.804.789 y JOSE CUPERTINO MALPICA PEREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.001.935, tal como consta en las actas levantadas al efecto, cursantes a las presentes actuaciones; este Juzgado ordena la devolución del presente expediente en original al solicitante. Todo de conformidad a lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el ordinal 3º del artículo 94 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre. Déjese copia certificada del presente auto, por el cual se da por concluida la actuación del Tribunal en la presente solicitud de JUSTIFICACIÓN DE TESTIGOS. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,
ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACC.,
CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
ZRZ/CVAR/yonayde
|