REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : AP31-F-2010-001676

SOLICITANTES: Los ciudadanos ALEXIS ARNALDO FIGUEROA LUIS Y DEISE COROMOTO RONDON CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números 9.419.993 y 12.396.889, respectivamente.

ABOGADO ASISTENTE: DOMINGO LUIS SALGADO SALGADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 106.625.

MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL


Vista la solicitud de partición amistosa presentada ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los ciudadanos ALEXIS ARNALDO FIGUEROA LUIS Y DEISE COROMOTO RONDON CONTRERAS; antes identificados, por medio de la cual solicitan la homologación de la partición amistosa, este tribunal a los fines de proveer lo solicitado observa:

Conoce este Juzgado del escrito de PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL y sus recaudos suscrito por los ciudadanos ALEXIS ARNALDO FIGUEROA LUIS Y DEISE COROMOTO RONDON CONTRERAS, supra identificados, en esta misma fecha y visto que ambas partes acordaron por la vía AMISTOSA en todas y cada una de las partes la presente PARTICION Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD , este Tribunal de la revisión de los recaudos consignados y por cuanto la misma no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos arriba expuestos.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.

Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los veintitrés (23) días del Mes de Septiembre del año dos mil diez (2010).
LA JUEZ TITULAR

Dra. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA.
LA SECRETARIA.

JESSIKA ARCIA PEREZ.
En esta misma fecha siendo las 9:500 de la mañana se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA.

JESSIKA ARCIA PEREZ.