REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de septiembre de dos mil diez
200º y 151º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002887
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS MONTENEGRO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: GASTRONOMIA AUSTRAL, C.A”
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LORENA BEATRIZ BARRIOS RINCON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE PROLONGACIÓN DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy veintitrés (23) de Septiembre de dos mil diez (2010), siendo las 02:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, el Tribunal deja constancia de la comparecencia de la ciudadana LORENA BEATRIZ BARRIOS RINCON, apoderada judicial de la parte demanda “GASTRONOMIA AUSTRAL, C.A” , representación que se verifica a los autos, así mismo, el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadano JUAN CARLOS MONTENEGRO FORTIQUE, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. ROMMY ANGARITA
AP21-L-2010-002887
Ds/ra
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