REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Veintinueve (29) de Septiembre de Dos Mil Diez (2010)
200° y 151°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Ronald Golding Monteverde y Karina Querales Rodríguez, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 57.225 y 95.699, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano SAMUEL VARELA SANZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.834.860, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION. Este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, y a tenor de lo dispuesto en el Articulo 99 de la referida Ley, se ordena la citación de la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPUBLICA, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha en que conste en autos su citación, luego de haber transcurrido el lapso de quince (15) días hábiles de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Igualmente se solicita el expediente administrativo del querellante, el cual debe consignarse en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes a que conste en autos su citación, en copias debidamente certificadas y foliadas. Notifíquese al ciudadano MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION.
EL JUEZ
Abg. JOSE VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNANDEZ
Exp.1435/JVTR/EFT/kc.