REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
Caracas, dos (02) de noviembre de dos mil diez (2010).
Años: 200º y 151º.


ASUNTO: AP51-J-2010-014999

SOLICITANTE: Ciudadana DOLORES ETELVINA ECHENIQUE ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.737.949, abuela materna del adolescente (Se omite su identificación conforme a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
MOTIVO: TUTELA.

Revisadas y vistas las actuaciones que conforman el presente asunto, presentado por la ciudadana IRDE CAPOTE MENDOZA, Fiscal Nonagésima Segunda del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, a solicitud de la ciudadana DOLORES ETELVINA ECHENIQUE ESPINOZA, ya identificada, abuela materna del adolescente XXXX; y por cuanto dicha ciudadana, y los ciudadanos YERALIA ESTHER ECHENIQUE, HERNAN TOMAS ECHENIQUE, WILLIAMS MIGUEL ECHENIQUE, ALINA ZOLAIMA ECHENIQUE de ECHENIQUE, MARITZA ELENA CARRASQUEL, MARITZA JOSEFINA BURGOS QUIJADA, JESUS DEL CARMEN ANDARA LINARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.187.256, V-5.229.687, V-10.114.813, V-5.229.652, V-3.228.124, V-6.526.019, y V-11.612.792, respectivamente, propuestos para los cargos de TUTOR, PROTUTOR, y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, respectivamente, a favor del adolescente XXXX, esta Juez del Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución, y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, cumplidas con las formalidades legales correspondientes: Las oportunas juramentaciones y por ende aceptaciones de los cargos recaídos sobre ellos y en atención a lo establecido en el Titulo IX, capitulo I referente a la Tutela, Sección I del Código Civil Vigente Venezolano, les discierne el Cargo de: TUTOR, a la ciudadana DOLORES ETELVINA ECHENIQUE ESPINOZA, PROTUTOR, a la ciudadana YERALIA ESTHER ECHENIQUE, y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, a los ciudadanos HERNAN TOMAS ECHENIQUE, WILLIAM MIGUEL ECHENIQUE, ALINA ZOLAIMA ECHENIQUE de ECHENIQUE, MARITZA ELENA CARRASQUEL, MARITZA JOSEFINA BURGOS QUIJADA, JESUS DEL CARMEN ANDARA LINARES, plenamente identificados infra. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto, a los fines de su protocolización el Registro Público del domicilio del adolescente, y publíquese igualmente por la prensa, de acuerdo a lo preceptuado en nuestro ordenamiento jurídico sustantivo. CUMPLASE.
LA JUEZ

ABG. MARIA GABRIELA OLAVARRIA
LA SECRETARIA


ABG. EMELY VILLAMIZAR.










AP51-J -2010-014999.
Johnnys.