REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de abril de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2011-001294
Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción presentada por la ciudadana FARRAH GÓMEZ DE FERRER, titular de la cédula de identidad N° 15.928.019, parte actora en el presente procedimiento, debidamente asistido por el abogado ADERITO DA SILVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 21.092, y por el abogado BERNARDO PISANI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 107.436, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada EXCELSIOR GAMA SUPERMERCADOS, C.A., mediante la cual la parte demandada ofrece la cantidad de Bs. 70.000,00, a la parte actora, mediante cheque N° 00114463, girado contra la cuenta 01150023410230056076, del Banco Exterior, de fecha 09 de marzo de 2011, recibido por la parte actora en fecha 24 de marzo de 2011; declarando que habiendo recibido el cheque, anteriormente identificado, a su entera satisfacción, nada más tiene que reclamar a la Compañía ni contra cualquier otra empresa matriz, filial o relacionada, o contra sus directores y accionistas; a su entera y cabal satisfacción; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada; asimismo se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 21, numeral 3, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual se insta a la parte oferente a consignar las copias simples de la transacción y del presente auto.
LA JUEZ

EL SECRETARIO
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ


CARLOS MORENO