REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto (6°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 01 de Abril de 2011
200º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2010-004996

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 29-03-2011 por la ciudadana: DANIELA JARABA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, y por la otra parte la ciudadana: VERONICA REYES, asistida por la Abogada: WILIAN ARANDA, plenamente identificadas en autos, con ocasión a la demandada por diferencia de prestaciones sociales, por un monto de Bs. F. 60.000,00 este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a las referida profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento una vez vencido el lapso para ejercer recurso de Ley contra el presente auto.-

EL JUEZ


ABG. FELIX MILANO
EL SECRETARIO



ABG. RONALD ARGUINZONES.