REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Doce (12) de Abril de dos mil once (2011)
200º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2010-005233

Visto el escrito presentado en fecha 07 de Abril de 2011, por el Abogado: PABLO PAREDES, en su carácter de apoderado judicial de la parte Actora y por la otra parte Abogada YAMIRA MARCANO ROJAS, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa: DISTRIBUIDORA CONTINENTAL, S.A, mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de un (01) cheque identificado con el N° 0000267918 girado contra el Banco Banesco, por la cantidad de Bs. 8.695,27, a nombre del ciudadano: DUARTE SUAREZ JESUS YOEL, parte actora en el presente procedimiento, lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. CÚMPLASE.

El Juez

El Secretario

Abg. Felix Milano

Abg. Yorman García