REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de abril de 2011
200° y 152°
ASUNTO N°: AP21-S-2011-000703
PARTE ACTORA: ADMINISTRADORA ABAILA, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: José Blanca
PARTE DEMANDADA: ANA VIRGINIA NATERA BAUTISTA
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDADA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 11 de abril de 2011, suscrito por los ciudadanos Lesbia Marquez, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.827, representante judicial de ADMINISTRADORA ABAILA, C.A., parte oferente y por la otra parte la ciudadana ANA VIRGINIA NATERA BAUTISTA, titular de la cedula de identidad numero V-3.974.024, parte oferida, asistida en este acto por el Abogado Eugenio Gamboa, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 71.212, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de VEINTITRES MIL SEISCIENTOS DIECISEIS BOLÍVARES CON TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 23.616,38) .En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal da por TERMINADO el presente proceso, y se ordena el archivo y cierre definitivo del expediente.-
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
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