REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de abril de 2011
200° y 152°
ASUNTO N°: AP21-S-2011-000639
PARTE ACTORA: COLOR GRAPHICS SFB, C.A.
APODERADOS JUDICIALES PARTE ACTORA: José Blanca
PARTE DEMANDADA: ANDRES MAURICIO PADILLA BETANCOURT
APODERADOS JUDICIALES PARTE DEMANDADA: No consta en autos
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el escrito de Transacción de fecha 7 de abril de 2011, suscrito por los ciudadanos José Blanca, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 32.013, representante judicial de COLOR GRAPHICS SFB, C.A., parte oferente y por la otra parte el ciudadano ANDRES MAURICIO PADILLA BETANCOURT, titular de la cedula de identidad numero V-13.099.679, parte oferida, asistido en este acto por el Abogado Eugenio Gamboa, inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 71.212, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA BOLÍVARES CON VEINTICINCO CÉNTIMOS (Bs. 18.930,25) .En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal da por TERMINADO el presente proceso, y se ordena el archivo y cierre definitivo del expediente.-
La Juez
El Secretario
Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia
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