REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veinticinco (25) de Abril de dos mil once (2011)

ASUNTO: AP21-S-2011-000564
Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 12 de Abril de 2011, por los ciudadanos MARIA ELENA SUBERO inpreabogado Nº 57.101 en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente BAYER, S.A; por una parte y por la otra el ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ titular de la cédula de identidad N° V- 10.839.955 en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por la abogada BARBARA CAMPISCIANO inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 146.199, mediante la cual la parte oferente BAYER, S.A; ofrece y hace entrega por via transaccional a la parte oferida de dos (2) pagos por la cantidad total de CIENTO TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (BS.F.136.968,41) a traves de la entrega de dos (2) cheques a nombre del ciudadano ARMANDO JOSE JIMENEZ parte oferida, el primero de los cheques por la cantidad de DIECIOCHO MIL CIENTO TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON SETENTA Y SEIS CENTIMOS (BS.F.18.135,76) y un segundo y ultimo pago la cantidad de CIENTO DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (BS.F.118.832,65) y por lo que este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asi se establece.
El Juez

La Secretaria

Abg. Eduardo Núñez


Abg. Carmen Romero.