REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (20°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Cuatro (04) de Abril de dos mil once (2011)
200º y 152°

ASUNTO: AP21-L-2011-001191
PARTE ACTORA: MAURICIO ANTONIO VASQUEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: FELIX FIGUEROA LANZA, VICTOR ALVAREZ y MANUEL RODRIGUEZ.
PARTE DEMANDADA: CERVECERIA POLAR C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RENZO GAGLIARDI L..
MOTIVO: CALIFICACIÒN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy Lunes Cuatro (04) de Abril de Dos Mil Once (2011), siendo las 11:00 a:m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, este tribunal deja constancia de la Incomparecencia a la misma de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, igualmente se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada, ni por ni si ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo (20) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°
El Juez
Abg. Miguel Yilales Zurita
El Secretario.
Las Parte Abg. Norialys Romero.

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